AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 002/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 002/2014-O

Fecha: 18-Feb-2014

II.4.

II.4.  Por nota de 13 de marzo de 2013, el accionante reiteró, por última vez, al accionante, su solicitud de cumplimiento de la Resolución emitida por el Tribunal de garantías, recordándole la vigencia de los arts. 154 y 224 del Código Penal (CP) modificado por la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, con el agravante expresado en el art. 45 de la citada norma; pidiendo además que, en el día se le paguen sus sueldos devengados (fs. 583).