AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 002/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 002/2014-O

Fecha: 18-Feb-2014

sujetos procesales

Para proceder al análisis de la presente denuncia, es imperante establecer con precisión los sujetos, el objeto, la causa, la razón jurídica y la parte dispositiva de la SCP 0618/2013; en ese orden, en cuanto a los sujetos procesales, en la presente acción participan por una parte el accionante Javier Suárez Angulo, en su calidad de trabajador del SEMAPA a quien supuestamente se le vulneraron sus derechos y garantías constitucionales; por otra, el demandado Marco Antonio Barriga Aponte, Gerente General Ejecutivo a.i. de dicha institución. De igual forma, el objeto de la presente acción, es la petición por parte del accionante del resguardo de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a una justa remuneración sin discriminación y a la seguridad jurídica. Respecto a la causa, es decir, los actos denunciados como lesivos a los derechos del accionante, éstos fueron ocasionados cuando el demandado dispuso su cambio de funciones y rebaja del nivel salarial, acto que éste consideró como despido indirecto, razón por la que acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, institución que emitió una Resolución por la que se conminó al demandado a restituirlo a su anterior cargo y nivel salarial, y al no darse cumplimiento a la misma, éste acudió ante la jurisdicción constitucional.