Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2014
Fecha: 12-Feb-2014
acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 052/2013 de 30 de agosto, cursante de fs. 486 a 490, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Guillermo Eloy Pastor Claure y Julio Torrico Tejada contra Jenny Medinacelli Ríos y Javier Quenta Fernández ex Autoridades Sumariantes del Ministerio de Planificación y Desarrollo; Fernando Durán Monje, ex Autoridad Sumariante y Mauricio Roca Molina, Director General Ejecutivo ambos del Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF) y Edson Ross Valda Gómez, Director General Ejecutivo del Fondo Nacional de desarrollo Regional.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.9.
- II.11.
- II.13.
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- III.2.Análisis del caso concreto
- III.3. El principio de seguridad jurídica alegado como vulnerado
- CONFIRMAR