Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2014
Fecha: 12-Feb-2014
II.4.
II.4. Por Resolución Sumarial 05/2009 de 25 de noviembre, la nueva Autoridad Sumariante del Ministerio de Planificación del Desarrollo, Javier Quenta Fernández, declara la nulidad de obrados del Proceso Administrativo interno seguido contra Teresa Chumacero Escudero y los accionante, hasta la Resolución Sumarial de Apertura RES.YMR-001/12/2008 de 10 de diciembre, inclusive. Al efecto dispone la devolución de todos los antecedentes al FONDESIF, a objeto de que la autoridad legal competente de dicha Institución, disponga el inicio del proceso administrativo interno o se pronuncie en contrario según la debida fundamentación (fs. 123 a 126).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.9.
- II.11.
- II.13.
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- III.2.Análisis del caso concreto
- III.3. El principio de seguridad jurídica alegado como vulnerado
- CONFIRMAR