SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2014

Fecha: 12-Feb-2014

II.9.

II.9.  Por Resolución Sumarial Final 002/2010 de 17 de marzo, la autoridad Sumariante del FONDESIF, Fernando Durán Monje, resuelve: 1) En cuanto a  Patricia María Teresa Chumacero Escudero, se evidencia que no existe responsabilidad administrativa en su contra, por lo que dispone el archivo de obrados; 2) Con relación a los accionantes, establecen la destitución pero considerando que ya no desempeñan funciones en FONDESIF, no aplican dicha sanción; 3) Al existir responsabilidad penal disponen la remisión de antecedentes a la Dirección Jurídica de FONDESIF; 4) En cuanto a la solicitud de prescripción invocada, no ha lugar; toda vez, que el plazo de dicha prescripción ha sido interrumpido; 5) Habiéndose evidenciado indicios de responsabilidad civil, en cumplimiento al art. 50 y siguientes del DS 23318-A, concordante con el art. 31 inc. a) de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990, disponen la remisión de fotocopias legalizadas a la Unidad de Auditoria Interna del FONDESIF, a efecto de establecer la existencia del daño económico; y, 6) Finalmente disponen en cumplimiento al art. 15 primer parágrafo del DS 23318-A que una vez concluidos los plazos de impugnación, se remita copia de la Resolución Final ejecutoriada, a la Contraloría General del Estado, para fines de registro (fs. 185 a 189).