SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2014

Fecha: 12-Feb-2014

i)

Nolvia María Mansilla Melgar, como tercera interesada mediante informe escrito que corre de fs. 316 a 317 y vta., señala que: i) Existe identidad de objeto y sujeto en la presente acción tutelar por cuanto la SCP 0248/2012, dispuso revocar la Resolución 015/2012, denegando la tutela, tomando en cuenta el AS 47, que habría lesionado sus derechos y activó la presente acción el 9 de mayo de 2013, a un año de conocido el hecho, estando fuera de plazo, aclarando que impugna contra el Auto Supremo y no así contra la Sentencia Constitucional; y, ii) La jurisprudencia constitucional es uniforme en relación a la legalidad ordinaria y las reglas de interpretación, la accionante debió fundamentar en su acción que labor interpretativa resultó insuficientemente inmotivada, incongruente, arbitraria identificando la omisión de reglas interpretativas, debiendo identificar derechos y garantías constitucionales lesionados, solicita se deniegue la tutela por ser improcedente, con costas por la temeridad y malicia.