SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2014

Fecha: 12-Feb-2014

II.6.

II.6.  El 29 de enero de “2006”, el Juez de Partido Tercero en lo Civil y Comercial de Trinidad, pronunció la Sentencia 056/2007 declarando “…Improbada en parte la demanda, en cuanto a las pretensiones de nulidad de adjudicación Municipal por Ilicitud e imposibilidad del objeto y violación de normas municipales, Ineficacia de Adjudicación municipal y Acción Negatoria y de Reivindicación y restitución de Inmueble y PROBADA en parte la demanda de rectificación de partida en Derechos Reales, debiendo rectificarse las partidas 486/78 y 644/89 de Derechos Reales, debiendo consignarse las siguientes modificaciones que se trata del lote Nº 23 con las siguientes colindancias en la partida 486/78 debiendo constar las siguientes, al norte con Lucio Bravo, al Sur con la calle Serafín Rivero, al Oeste con Nolvia Mansilla Melgar y al Este con María Angélica Suarez…” (sic) (fs. 49 a 53).