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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2014

    Fecha: 12-Feb-2014

    II.4.

    II.4.       El 23 de abril de 2013 el accionante solicitó se reconsidere y se deje sin efecto la Resolución de 21 de marzo del citado año, que fue dictada por el Directorio, además hizo notar que la facultad de remover a sus miembros y la suspensión de asociado es atribución de la Asamblea General (fs. 38 a 40).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.          Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • El debido proceso
    • garantía y derecho a la vez, aplicable a los procesos judiciales y administrativos en los que se imponga sanciones
    • El derecho de petición
    • El derecho a la asociación
    • El derecho a la presunción de inocencia
    • El derecho al trabajo
    • III.3.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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