SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2014

Fecha: 25-Feb-2014

i)

José Eduardo Farfán Mealla, ex Administrador de la CNS, mediante su representante, por memorial de 3 de septiembre de 2013, cursante de fs. 546 a 562 vta., sostiene los siguientes argumentos de hecho y derecho: i) El 13 de julio de 2009 se dictó el informe de auditoría especial (ET/EP08/E07-R3) sobre la adquisición de medicamentos y pago de bonos de personal por el periodo comprendido entre el 2 de enero de 2005 y 31 de diciembre de 2006, mediante el cual se afirma que las decisiones de los Ejecutivos de la CNS (sobre la devolución de los gastos de transporte cancelado en efectivo) no estarían respaldadas con disposiciones legales que rigen la materia, por lo que los ejecutivos, ex ejecutivos y miembros del Directorio de la CNS, que emitieron las resoluciones correspondientes, así como la Administración Regional Tarija, que autorizó el pago por reposición de transporte, habrían incurrido en gastos restringidos por disposiciones legales, estableciéndose responsabilidad civil solidaria en su contra y la de otros (entre ellos el accionante), sin embargo en dicho informe no tomaron en cuenta varios documentos que eran importantes para realizar una correcta valoración de todos los elementos; por lo que tal omisión sobre la valoración de las pruebas de descargo que presentó el 9 de noviembre de 2009, se consolidó con la emisión del informe complementario ET/EP08/E07-C3, en el que se confirman los indicios de responsabilidad civil solidaria en su contra; y, ii) Sostiene que a través de los Informes precitados, y el Dictamen de Responsabilidad Civil CGE/DRC-051/2012, se habría vulnerado su derecho al debido proceso en sus vertientes de debida fundamentación y motivación, y la omisión de valoración de la prueba, así como el derecho a la defensa, al no haberse tomado en cuenta los argumentos y pruebas presentadas como descargo, ni especificado que normas legales se vulneraron al haberse pagado los bonos de transporte a los trabajadores de la CNS Administración Regional Tarija.