SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2014

Fecha: 25-Feb-2014

“antes, del pronunciamiento del Auto definitivo o Sentencia”

En consecuencia, se puede señalar que cuando una de las partes procesales dude de la imparcialidad del juzgador podrá solicitar su alejamiento hasta antes de que se emita sentencia; por lo que en caso de ser evidentes los argumentos que fundaren la recusación, y determinados por el juez o tribunal que haya revisado, definirá su alejamiento, “antes, del pronunciamiento del Auto definitivo o Sentencia” que dé por concluido el proceso, lo contrario vulneraría derechos constitucionalmente reconocidos.