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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2014

    Fecha: 25-Mar-2014

    II.8.

    II.8.    Por nota de 13 de junio de 2013, encontrándose detenido el accionante solicitó le autoricen vacación y licencia hasta que demuestre su inocencia y a través de carta de 19 del mismo mes y año, le hizo conocer al Supervisor Comercial DCAM, que gozaba de la protección constitucional de inamovilidad funcionaria por su progenitor, enunciando SSCC (0410/2012 de 22 de junio y “0086/2012)” (fs. 6; 22).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 20
    • y de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad,
    • denegar

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