SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0681/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0681/2014

Fecha: 08-Abr-2014

1)

Daney David Valdivia Coria, Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, a través de su representante, ratificó el informe escrito presentado, cursante de fs. 164 a 172, señalando que: 1) El 17 de diciembre de 2013, fue notificado con una demanda contenciosa administrativa planteada por el accionante, lo cual determina la improcedencia de la acción de amparo constitucional en aplicación del principio de subsidiariedad, por cuanto no se ha demostrado el daño inminente o irreparable para aplicar la excepción a dicho principio; y, 2) En la Resolución jerárquica que versa sobre la tipificación de la conducta sobre la responsabilidad solidaria de la agencia despachante, se hicieron afirmaciones y alegaciones sobre el año modelo del vehículo internado al país, pero no se demostró nada al respecto, por lo que sobre la responsabilidad solidaria prevista en el art. 61 del RLGA, también las agencias despachantes son responsables sobre las sanciones pecuniarias o las multas que se puedan imponer.