SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0681/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0681/2014

Fecha: 08-Abr-2014

III.5.  Análisis del caso concreto

En el caso de análisis, el accionante denuncia la vulneración del debido proceso, dentro de la fiscalización posterior que efectuó la Aduana Nacional, respecto a la importación de un vehículo que realizó Alfredo Liendro Choque, donde le correspondió a su representada actuar como Agencia Despachante de Aduana, señalando que la Administración de Aduana Interior Oruro, desde el inicio de dicho procedimiento, incurrió en inobservancia del Código Tributario Boliviano, su Reglamento y los procedimientos administrativos internos que rigen la actividad de fiscalización posterior, habiendo emitido la Resolución sancionatoria AN-GRORU-ORUOI-SPCCR 1924/2012 de 3 de julio, cuyas ilegalidades fueron convalidadas por las autoridades administrativas superiores en la etapa de impugnación administrativa, a través de la Resolución de recurso de alzada ARIT-LPZ/RA 0841/2012 de 8 de octubre, dictada por la AIT de La Paz, así como en la subsiguiente Resolución del Recurso jerárquico AGIT-RJ 0078/2013 de 21 de enero, emitida por la Dirección Ejecutiva de la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

Ahora bien, siguiendo la línea jurisprudencial establecida por este Tribunal, y en aplicación de lo establecido en el art. 53.1 del Código Procesal Constitucional, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, por cuanto al haber activado el accionante dos vías paralelas o simultáneas reclamando los mismos hechos, incurrió en una causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional, motivo por el cual no corresponde ingresar al análisis de la problemática de fondo.