Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2014
Fecha: 30-Abr-2014
II.3.1
II.3.1. Sobre la falta de congruencia, esta observación no es cierta, puesto que la Sentencia tiene una parte considerativa en la que se indica el nombre de las partes, se expone los hechos alegado y comprobados, así como una parte resolutiva con decisiones claras y precisas, por ende la referida Sentencia de instancia se encuentra debidamente estructurada y fundamentada, no existiendo vulneración alguna.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1
- II.3.3.
- II.3.4.
- II.3.5.
- II.3.8.
- II.3.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR