Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2014
Fecha: 30-Abr-2014
II.3.
II.3. Los accionantes, Jacinto Navarro Calderón y Primitiva Fernández de Navarro, el 8 de abril de 2011, presentaron demanda ordinaria contra Roxana Marlem Escobar Colque, Vicente Devo De Col Nascimben solicitando la nulidad de la adjudicación que consta en la escritura pública 506/2004 y la nulidad de la misma (fs. 166 a 169 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- -vigente de acuerdo a la configuración procesal contenida en el nuevo texto constitucional-
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Sobre la invocación, en el caso concreto, a la excepción del carácter subsidiario del amparo por la existencia de daño irremediable o irreparable con afectación al derecho a la vivienda por el eventual desapoderamiento emergente del proceso ejecutivo