SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2014

Fecha: 30-Abr-2014

Fragmento 17

           Así, ya el anterior Tribunal Constitucional, mediante la SC 0110/2001-R de 9 de febrero, sostuvo: “…el art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional establece que esta entidad tiene por misión fundamental conservar el orden público, la defensa de la sociedad  y la garantía del cumplimiento de las leyes, con la finalidad de hacer posible que los habitantes  y la sociedad se desarrollen a plenitud, en un clima de paz y tranquilidad, todo ello de acuerdo a las atribuciones  que el art. 7 de dicha Ley determina, entre las que se encuentran: a) Preservar los derechos y garantías fundamentales, reconocidas a las personas por la Constitución Política del Estado; b) Proteger el patrimonio público y privado; t) Cumplir y ejecutar las disposiciones y órdenes del Supremo Gobierno y de las autoridades competentes”.