SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2014
Fecha: 30-Abr-2014
III.3. Análisis del caso concreto
Conforme se precisó en el párrafo introductorio de los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la accionante alega que, el 2 de agosto de 2012, aprovechando una orden judicial emitida por el Juez Agroambiental de Monteagudo, los demandados se presentaron en su domicilio, conjuntamente otros comunarios de Bartolo -portando machetes, palas y otras herramientas, y, pese a poner en su conocimiento que su persona no fue parte en la demanda judicial de “desocupación” seguido contra su hijo Carlos Champi Navarro y otros-, por segunda vez, pretendieron retirar sus pertenencias, destruir sus sembradíos, alambrados y corrales que constituyen, medios esenciales para su subsistencia, situación que se agrava por su estado de salud y su condición de mujer de la tercera edad.
Por otro lado, refiere que los actos denunciados en la presente acción, son un atentado a sus derechos, por cuanto la conducta de los demandados, constituyen acciones de hecho efectuados al margen de la ley, mientras no exista una orden emitida en su contra, por autoridad competente y en un proceso legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- el objeto
- Fragmento 13
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su naturaleza jurídica
- Fragmento 15
- III.2. Misión y atribuciones de la Policía Boliviana
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3. La legitimación pasiva en cuanto a la autoridad que asumió una decisión
- III.3. Análisis del caso concreto
- garantizar cumplimiento de las leyes del Estado con la finalidad de que la sociedad en su conjunto se desarrolle en un clima de paz y tranquilidad.
- cumplir y ejecutar las disposiciones y órdenes del Supremo Gobierno y las autoridades competentes,
- CONFIRMAR