Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2014
Fecha: 12-May-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 29/13 de 7 de noviembre de 2013, cursante de fs. 214 a 215 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Lucio Mamani Chura contra Javier Hinojosa Santalla, Presidente; Vladimir Ergueta Vega, Ernesto Bascope Suárez, Guido Molina Velasquez, Carmen Santa Cruz Oporto, Fernando Palacios, Marcelo Rojas, Deimar Carrasco Ayala y Rodrigo Gumucio Portugal, todos miembros de la Junta Nacional Electoral del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 18
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR