SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2014

Fecha: 12-May-2014

II.1.

II.1.       Por Auto de Vista 052/10 SSA-I de 15 de marzo de 2010, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revocó en parte la Resolución 0039/09 de 8 de enero de 2009, dictada por la Comisión de Reclamación del SENASIR, confirmando su parte el fallo 0010460 de 2 de octubre de 2008, pronunciado por la Comisión de Calificación de Rentas de esa entidad, ordenando dejar sin efecto el descuento efectuado en la renta fusionada de la accionante, disponiendo en consecuencia, la reposición de los incrementos de su renta antes de cada fusión. Decisión que se sustentó con el fundamento que la fusión derivó de la orden dispuesta en la Resolución Administrativa (RA) 610/08 de 18 de septiembre de 2008, que determinó la combinación de las rentas calificadas por COSSMIL y SENASIR, como renta única, la que lógicamente debía incluir todos los bonos e incrementos reconocidos hasta la fecha, al ser éstos derechos consolidados que no podían ser motivo de disminución o rebaja, como contrariamente había decidido el SENASIR (fs. 14 a 16).