SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2014

Fecha: 12-May-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la petición, al debido proceso, a la “cosa juzgada”, al “acceso a la justicia”, a una jubilación digna y a la seguridad social, aduciendo que el Auto de Vista 052/10 de 15 de marzo de 2010, revocó las determinaciones asumidas por el SENASIR, dejando en consecuencia sin efecto, los descuentos realizados a su renta fusionada, ordenando la reposición de los incrementos que le compelían. Emitiendo la entidad la Resolución 0003011, determinando la reposición citada; sin embargo, al omitir los periodos 2009 a 2011, se dictó el fallo 00522/2011, en observancia precisamente del Auto de Vista. Agrega que, no obstante ello y a sus reiteradas peticiones en sentido de dar estricto cumplimiento a la Resolución 00522/2011 aludida, pronunciada en observancia del nombrado Auto de Vista, hasta la fecha de interposición de la acción de defensa, no se materializó la reposición de los incrementos que le fueron suprimidos sobre su renta fusionada, otorgándole el SENASIR y COSSMIL, respuestas contradictorias que denotan la falta de coordinación y de gestión administrativa, que derivó en la lesión de sus derechos fundamentales, sin considerar que es una persona de la tercera edad, que merece por ende una protección oportuna, completa y necesaria en sus prestaciones.