SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2014

Fecha: 15-May-2014

II.5.4.

II.5.4.  Sobre que la demanda de reconvención presentada por los esposos Zeitún Meléndez, que no habría cumplido con lo establecido por el art. 327 incs. 5), 6), 7) y 9 del CPC, y por ende debió ser rechazada in limine, de la lectura se constató que no fue evidente y que sí se cumplió en la reconvención con los numerales del referido artículo; asimismo, tampoco existiría observación alguna por la parte demandante a esta reconvención.