Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2014
Fecha: 28-May-2014
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia y posterior querella de la Defensoría Municipal de la Niñez y Adolescencia de Riberalta contra Juan Surubí Duri, por la presunta comisión de los delitos de violación y abuso deshonesto, después de ser imputado formalmente por el Ministerio Público, la autoridad jurisdiccional dispuso su detención preventiva como medida cautelar de carácter personal, mediante Resolución de 12 de septiembre de 2010 (fs. 16 a 18).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. El debido proceso y la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.3. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.4.Análisis del caso concreto
- III.4.1. Extinción de la acción penal
- III.4.2. Cesación de la detención preventiva
- 2° Disponer