SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2014
Fecha: 28-May-2014
III.4.2. Cesación de la detención preventiva
A través de memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, el accionante solicitó la cesación de su detención preventiva, mereciendo el proveído de 1 de noviembre del mismo año de: “Se tiene presente en lo principal, a ser resuelto en audiencia conclusiva, póngase a conocimiento de partes y Ministerio Público” (sic), advirtiéndose al pie del memorial además del cargo de presentación en la fecha señalada, que pasó a despacho el 28 de octubre. En efecto, la Jueza demandada, al haber providenciado de esta manera la petición del accionante, incurrió en vulneración del derecho a su libertad, por cuanto no debió supeditarlo a la realización de la audiencia conclusiva, más si se tiene presente que la solicitud está vinculada con la libertad, derecho fundamental de la persona, cuya protección y tutela está reconocida por nuestro orden constitucional vigente como por los instrumentos internacionales, lo que les impele a las autoridades judiciales que conozcan de peticiones relacionadas a este derecho, atenderlas con la celeridad que el caso amerita y sin condicionamientos innecesarios que motivan la vulneración de derechos y garantías constitucionales, como ha ocurrido en autos, o cuando menos dentro de los plazos razonables establecidos en la norma, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho, en cuyo caso la acción de libertad es el medio idóneo, inmediato y eficaz para conocer y restituir cualquier lesión o vulneración que atente contra el derecho a la libertad, como en el caso concreto, que la autoridad jurisdiccional no atendió oportunamente la solicitud de cesación de detención preventiva del accionante, determinando esta dilación, se conceda la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. El debido proceso y la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.3. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.4.Análisis del caso concreto
- III.4.1. Extinción de la acción penal
- III.4.2. Cesación de la detención preventiva
- 2° Disponer