Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1117/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.4.
II.4. El 30 de julio de 2011, el accionante Barlan Quintana Castro, interpuso recurso de apelación contra la indicada Sentencia, bajo el argumento que la decisión pronunciada por el Juez Quinto de Partido de Trabajo y Seguridad Social, le produjo agravios económicos, por cuanto no dispuso el pago del Bono Ejecutivo, correspondiente a la gestión 2009 y le negó el pago de los quince sueldos y tres días, que comprendía desde la ruptura de la relación laboral hasta el momento que su hijo cumpla un año de edad (fs. 296 a 298).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en sus elementos de la debida motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.3. El debido proceso y los principios de congruencia y pertinencia de las Resoluciones
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo