SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2014

Fecha: 16-Jun-2014

III.5. De la jurisprudencia constitucional

Respecto al carácter vinculante y la obligatoriedad de la jurisprudencia constitucional, la Constitución Política del Estado en su art. 203 establece: “Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ulterior alguno”, debe tenerse presente al respecto que, el requisito para esta vinculatoriedad está dado por la analogía fáctica. Por lo que en un caso con analogía fáctica, el Tribunal Constitucional Plurinacional, ha dictado la SCP 0618/2013-L de 8 de julio, en la acción de libertad presentada por José Luis Salazar Fernández contra Misael Severiche Saravia Juez Quinto de Sentencia Penal, resolviendo confirmar la resolución 11 de 29 septiembre de 2011 dictado por el Juez Segundo de Sentencia Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz constituido en Juez de garantías y conceder la tutela, disponiendo la libertad del accionante; es preciso aclarar que en el proceso penal motivo de la acción, el accionante José Luis Salazar Fernández fue coimputado con el accionante de la presente acción de libertad, asimismo en ambos casos, la autoridad demandada fue la misma.