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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1419/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1419/2014

    Fecha: 07-Jul-2014

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • “OTORGAR”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.1.   Derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación. Jurisprudencia reiterada
    • En ese orden de cosas, el art. 236 del CPC, marca el ámbito de contenido de la resolución a dictarse en apelación, pues estipula que la misma, deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que además hubieran sido objeto de apelación y fundamentación
    • III.1.2. El principio de congruencia y el debido proceso
    • III.1.3. Derecho a la tutela judicial efectiva
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • referidos lotes son
    • no se podrá alterar derechos de terceros emergentes de actos jurídicos debidamente registrados con anterioridad al embargo o de aquellos documentos que tengan fecha cierta
    • III.2.2.     Respecto del Juez ad quem
    • REVOCAR

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