Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1468/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1468/2014

    Fecha: 16-Jul-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • concedió
    • i)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de amparo constitucional: Su configuración
    • III.2.La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional y el recurso de reconsideración en el ámbito municipal
    • 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
    • Fragmento 19
    • quien se considere agraviado tiene el deber y responsabilidad de hacer uso de la reconsideración, de tal manera que estas autoridades o ente municipal, tenga la posibilidad de efectuar un nuevo análisis y reconsidere la decisión asumida, y sólo agotado dicho medio impugnativo, si persiste la lesión a derechos fundamentales puede acudir a la acción de amparo constitucional
    • el plazo para la presentación de la reconsideración, se deberá realizar dentro del plazo de cinco días hábiles de notificado con la Resolución cuestionada, conforme el art. 140 de la LM
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • él mismo señaló en dos oportunidades cuando presentó recurso de reconsideración conforme se señaló anteriormente.
    • III.4.2. Sobre las medidas de hecho denunciadas vía constitucional
    • en cada caso concreto
    • REVOCAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca