SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1536/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1536/2014

Fecha: 16-Jul-2014

1)

La parte accionante, a través de su abogado, ratificó y reiteró el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándola refirió que: 1) De acuerdo a los arts. 71 y 72 de la LGSC, 36 de la nueva Ley General de Cooperativas (LGCO) y 10 del Reglamento Interno (que se refiere al retiro de socios), los demandados tienen la obligación de reponer el valor de las “acciones mineras”; 2) Los demandados no explicaron hasta el momento el motivo por el que no se estaría pagando el valor total de la “acción minera”, omitiendo la aplicación de la normativa que reglamenta la situación de exclusión de socios; 3) La DIGECO confirmó su exclusión sin haber dispuesto de manera previa se cumpla con la Resolución constitucional 05/2010; 4) Se lesionó incluso el art. 24 de la CPE, en razón a que existe una determinación de no recibir ninguna carta de la familia Botello Pérez; y, 5) Existe un trato desigual en lo que refiere a los derechos y obligaciones, además que el “pasanaku” es un derecho establecido en el Reglamento Interno.