SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1541/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1541/2014

Fecha: 25-Jul-2014

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante en su condición de Policía denuncia la vulneración de su derecho al trabajo alegando que se le agradeció sus servicios y por ende se le pasó al servicio pasivo con el argumento de que se habría acogido al seguro de vejez y que cumplió el tiempo de dos años máximo de permanencia en la situación de disponibilidad “A”, sin tener en cuenta que le faltaban dos años para que goce de su derecho de renta de vejez; retiro que es ilegal, porque además tampoco obedeció a la comisión de algún delito o falta disciplinaria. Por lo que denuncia que el verdadero motivo de su baja fue el problema de salud que afectó su vista, requiriendo el uso de lentes para el trabajo activo. Asimismo, afirma que si bien existe una Resolución Administrativa que lo restituye al servicio activo, esta fue dictada después de más de seis meses de su baja, posterior a la interposición de la presente acción, la cual no cumple con lo peticionado en esta acción tutelar, como es el pago de sueldos devengados, por lo que no se puede afirmar que existe cesación del acto reclamado. En consecuencia corresponde determinar en revisión, si se debe conceder o denegar la tutela solicitada.