Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2014
Fecha: 08-Sep-2014
acción de cumplimiento
En revisión la Resolución 08/2013 de 20 de septiembre, cursante de fs. 151 a 154, pronunciada dentro de la acción de cumplimiento interpuesta por Carmen Magaly Languidey Callau en representación legal de Braulio Cadena Mendoza accionista de la Empresa Rural de Electricidad de La Paz, EMPRELPAZ S.A. contra Richard César Alcócer Garnica y Daniel Alejandro Rocabado Pastrana, Presidente Ejecutivo y Director Legal de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Electricidad (AE) respectivamente.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Norma Constitucional o legal supuestamente incumplida
- a)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Reiteración de jurisprudencia: La acción de cumplimiento su naturaleza jurídica
- no es posible sostener que su objeto sea la tutela de derechos subjetivos
- III.1.1. Jurisprudencia reiterada sobre el procedimiento de la acción de cumplimiento
- desde la presentación de la acción.
- (1) La inobservancia de los requisitos de forma
- (2) La verificación de causales de improcedencia reguladas en el art. 66 del CPCo,
- III.2.
- Fragmento 20
- 1º REVOCAR