SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1729/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1729/2014

Fecha: 05-Sep-2014

1)

Jimmy Fernando López Rojas, Edgar Carrasco Sequeiros y Sergio Cardona Chávez, Vocales demandados, por informe presentado el 27 de enero de 2014, según consta a fs. 528 y vta., manifestaron: 1) No se ha conculcado ninguno de los derechos fundamentales que se acusan como vulnerados, éstos han sido observados en esta instancia procesal, adecuándose el fallo emitido al principio de legalidad y legitimidad que tiene las partes; 2) El Tribunal actuó en resguardo del debido proceso; 3) Los representantes legales de DATACOM S.R.L., pretenden erróneamente desnaturalizar el objeto de la acción de amparo constitucional, bajo el argumento de reparar presuntas lesiones  a sus derechos fundamentales; 4) No es la jurisdicción constitucional una medida sustitutiva de la vía ordinaria o un instrumento para contrarrestar el exceso de poder que acusa la accionante; y, 5) al haberse actuado conforme lo establecido en los arts. 115 de las CPE, 60 y 115 del CPT, pide se deniegue la acción planteada.