Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1789/2014
Fecha: 19-Sep-2014
II.1.
II.1. Mediante nota de 28 de mayo de 2013, Ana Lourdes Mendoza Pimentel, acudió ante el Alcalde Municipal de Mairana, denunciando la existencia de un kiosco construido en plena vía pública sobre la avenida Avaroa, carretera Santa Cruz-Cochabamba, obstaculizando la visibilidad y contaminando el medio ambiente, por lo que solicita se proceda a su demolición (fs. 50 y vta).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por subsidiariedad
- III.2. Los recursos administrativos en el ámbito municipal
- III.3 Análisis del caso concreto
- III.4 Otras consideraciones
- 1.
- CONFIRMAR