SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1905/2014
Fecha: 25-Sep-2014
a)
El accionante por intermedio de su abogado reiteró los términos expuestos en el memorial de demanda de la acción de amparo constitucional y ampliándola indicó: a) Que fue electo Concejal de forma legal y que las quince personas demandadas en base a golpes y amenazas de muerte, reteniéndolo por la fuerza lo obligaron a renunciar a su cargo; b) Se ve afectado su derecho al trabajo puesto que no es la primera vez que intentaron amedrentarlo pero después de tres meses lo sorprendieron logrando que renunciara; c) Esta decisión fue involuntaria viciada de nulidad en razón de que fue realizada por presión física y psicológica al ver que su vida se encontraba en peligro por lo tanto no puede surtir efectos jurídicos; y, d) Se debe tomar en cuenta que el secuestro es un delito, por lo que solicitó se remitan antecedentes al Ministerio Público, para que se inicie proceso penal contra los demandados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Doctrina constitucional sobre tutela en medidas de hecho
- III.3. La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- «…cuando se impugnan actos, decisiones u omisiones de Tribunales colegiados que eventualmente lesionen derechos fundamentales o garantías constitucionales de una persona, establece que: 'cuando una Resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto, contra todos quienes intervinieron en ella
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR