Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1905/2014
Fecha: 25-Sep-2014
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Mediante decreto de 24 de abril de 2014, se dispuso la suspensión de plazo a efectos de que la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, remita documentación complementaria, conforme al art. 7.II del Código Procesal Constitucional (CPCo). Habiéndose recibido la documentación requerida y una vez notificado el decreto de reanudación de 12 de septiembre de 2014, se reanudó el cómputo del plazo, por lo que la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es emitida dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Doctrina constitucional sobre tutela en medidas de hecho
- III.3. La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- «…cuando se impugnan actos, decisiones u omisiones de Tribunales colegiados que eventualmente lesionen derechos fundamentales o garantías constitucionales de una persona, establece que: 'cuando una Resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto, contra todos quienes intervinieron en ella
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR