SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1922/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1922/2014

Fecha: 25-Sep-2014

III.2.  Análisis del caso concreto

De la revisión de antecedentes, se evidencia que si bien la accionante no individualizó los derechos conculcados por las autoridades demandadas, debido a que, únicamente sostuvo que la misma está apoyada en “…el derecho que tengo a exigir el cobro de 15 meses de asistencia familiar devengada…” (sic); sin embargo, al haberse efectuado una adecuada exposición de los hechos y existir la documentación necesaria para la resolución de la causa, ésta Sala, en aplicación del principio pro actione que asegura el «…acceso de la justicia de cualquier persona y brindar una justicia pronta y oportuna, sin dilaciones» (SCP 0432/2012 de 22 de junio), asume la posición firme de analizar la problemática planteada en razón a que está en discusión los derechos de los más vulnerables, en este caso los menores de edad A.A. y B.B., a obtener una tutela judicial efectiva. 

Bajo ese entendido, si bien mediante fallo 200, se determinó homologar el documento de asistencia familiar suscrito entre partes el 20 de julio de 2011, por el que se fijó la pensión familiar semanal de Bs200.- (doscientos bolivianos) a favor de los menores; empero, las autoridades demandadas añadieron que la misma correría a partir de la citación con la demanda de homologación conforme la previsión del art. 22 del CF, habiendo efectuado una labor interpretativa sin tomar en cuenta los siguientes aspectos: