SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2015-S1

Fecha: 27-Ene-2015

cuando se impugnan actos

En este caso en particular debemos destacar lo que señala la                SCP 0852/2014 de 8 de mayo, al manifestar que: “…la jurisprudencia contenida en la SC 0711/2005-R, de 28 de junio, determinó que: '…cuando se impugnan actos, decisiones u omisiones de Tribunales colegiados que eventualmente lesionen derechos fundamentales o garantías constitucionales de una persona, establece que: «cuando una Resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto, contra todos quienes intervinieron en ella»' (SSCC 0059/2004-R y 1098/2003-R, entre otras).