SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2015-S3

Fecha: 05-Ene-2015

a)

La accionante denuncia a través de una única demanda en la cual interpone acción de libertad y acción de amparo constitucional, tanto la Jueza como el Secretario del Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal, vulneraron sus derechos y garantías fundamentales, así como principios constitucionales y procesales, al haber: a) Conocido su caso, debido a su presentación directa ante el Juzgado a su cargo, y no mediante de  Plataforma; b) Convalidado la aprehensión ilegal ejecutada en su contra, a través de la Resolución de un incidente que carece de la fundamentación debida y respecto del cual no cursa su interposición en el acta de audiencia, habiendo sido suprimida del acta al igual que otros actuados de su defensa; c) Dilató el tratamiento de su situación jurídica al no remitir su apelación de medida cautelar por casi dos meses, al cabo de los cuales retiró la apelación presentada para solicitar la cesación de su detención preventiva, retiro que fue aceptado pero con la imposición de costas; y, d) No se resolvió la solicitud de extinción de la acción penal por duración del plazo máximo de la etapa preparatoria, no obstante que hubiera vencido al plazo concedido al Ministerio Público para que emita requerimiento conclusivo bajo conminatoria.