SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Emergente de una demanda de pago de salarios devengados contra la Empresa Constructora INGEO S.R.L., la Jueza Primera de Partido del Trabajo Seguridad Social, Administrativa, Coactiva y Tributaria del departamento de Chuquisaca, por Auto de 5 de octubre de 2012, estableció los puntos de hecho a probar por ambas partes pero el demandado no asistió a responder el pliego de posiciones; por lo que, mediante Sentencia 072/2012 de 19 de diciembre, dicha autoridad, en base análisis de pruebas producidas, documentales, testificales y compulsa de antecedentes, declaró probada en parte la demanda planteada, disponiendo la cancelación de 205 605,13.- (doscientos cinco mil seiscientos cinco 13/100 bolivianos), por concepto de indemnización y aguinaldo.

Los Magistrados de la sala Social y Administrativa, si bien tomaron en cuenta el sustrato de su demanda, luego de manera subrepticia, directamente emitieron una conclusión determinativa sobre la inexistencia de una relación laboral, para luego ratificar su conclusión, con el impertinente e inverosímil argumento de que: se confirma el hecho que el actor no percibía el haber mensual sino más bien una contraprestación porcentual en razón a los materiales transportados, cuando la doctrina jurisprudencial refiere que el salario, puede ser cancelado no solo de manera mensual sino también semanal, por días u horas e inclusive por pieza, tarea o por destajo.