Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015-S2
Fecha: 16-Ene-2015
II.3.
II.3. Dentro el proceso de beneficios sociales instaurado por Alfredo Pérez Pérez contra Jorge León Dávalos; la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió la Resolución 152/2013, anulando obrados hasta la admisión de la demanda, debiendo el Juez a quo, proceder conforme a los lineamientos de esta Resolución, bajo el fundamento de que si bien existe relación laboral entre Luís Pérez Pérez con la Empresa Constructora INGEO S.R.L., la misma no está amprada por la legislación laboral (fs. 147 a 148).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- en ningún momento el demandante trabajó como dependiente de la empresa demandada'
- no corresponde reconocer a favor del actor los beneficios sociales que demanda, toda vez que no realizó ningún tipo de trabajo amparado por la legislación laboral a favor del demandado
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2.
- III. 3. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR en todo