SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0016/2015-S2
Fecha: 16-Ene-2015
a)
La accionante no se hizo presente en audiencia pero presentó un justificativo a tal incomparecencia de 18 de febrero de 2013, cursante de fs. 65 a 66, en los siguientes términos: a) Tiene como lugar de residencia la ciudad de Sucre; por lo que, se vio imposibilitada de asistir a la presente audiencia; máxime si se enteró de la realización de ésta, una noche antes a través del correo electrónico de su abogado; b) Sufre de hipertensión arterial desde hace muchos años, lo que le impide estar en lugares altos; sumándose a esto la precaria situación económica en la que se encuentra, impidiéndole viajar hasta la ciudad de La Paz; y, c) Asimismo, su abogado se encuentra en la localidad de Padilla, asistiendo a una audiencia de juicio oral; por todo lo expuesto, debe realizarse de igual manera el presente acto, ratificando y reiterando todas las partes de su demanda de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho a la seguridad social
- III.3. Con relación a los grupos vulnerables
- Fragmento 15
- III.4. La aplicación del principio iuria novit curia, en las acciones tutelares
- Identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados”, no deberá ser entendido en un sentido restringido, sino bien en un sentido amplio
- Fragmento 18
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo