SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0016/2015-S2
Fecha: 16-Ene-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 19/2014 de 27 de febrero, cursante de fs. 140 a 144, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Bertha Escalier Durán contra Jaime Julio Sierra Escalante, Médico del Trabajo; Ernesto Fernández Avendaño, Jefe Médico Regional; Ana María Arciénega Baptista, Jefa a.i de Servicios Generales; Gonzalo Ortíz Montero, Secretario; Félix Sánchez Arguellas, Administrador Regional, todos de la Comisión Regional de Prestaciones; Gloria Torrez Flores, Jefa del Departamento Nacional Gestión Suministros de Insumos y Equipamiento Médico; Arturo Terceros Murillo, Jefe del Departamento Nacional de Medicina del Trabajo; Mariana Elvira Arias Sánchez, Jefa a.i. División Socio Jurídico; Mario Feraudi Velásquez, Gerente a.i. de Servicios de Salud y Dra. Aydee Vásquez, Jefa Nacional del Departamento de Afiliación, todos de la Comisión Nacional de Prestaciones de la Caja Nacional de Salud (CNS).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho a la seguridad social
- III.3. Con relación a los grupos vulnerables
- Fragmento 15
- III.4. La aplicación del principio iuria novit curia, en las acciones tutelares
- Identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados”, no deberá ser entendido en un sentido restringido, sino bien en un sentido amplio
- Fragmento 18
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo