Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0016/2015-S2
Fecha: 16-Ene-2015
II.4.
II.4. Ante esa Resolución, interpuso recurso de reclamación, solicitando revocar y anular la Resolución 455/2012, y se emita otra en la que se autorice el reembolso de Bs.8352.- a favor de Bertha Escalier Durán por la compra de material de osteosíntesis (fs.10 a 13), mereciendo como respuesta la Resolución 1110, dictaba por la Comisión Nacional de Prestaciones de la CNS, misma que confirmó la Resolución impugnada, utilizando el mismo fundamento de la Resolución 455/2012 (fs. 2 a 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho a la seguridad social
- III.3. Con relación a los grupos vulnerables
- Fragmento 15
- III.4. La aplicación del principio iuria novit curia, en las acciones tutelares
- Identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados”, no deberá ser entendido en un sentido restringido, sino bien en un sentido amplio
- Fragmento 18
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo