Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
II.7.
II.7. El 28 de marzo de 2014, se interpuso recurso jerárquico (fs. 56 a 61), pronunciándose la Resolución Administrativa 142/2014 de 16 de mayo, por la que el Director Nacional a.i. del INRA rechazó dicho recurso, confirmando la Resolución Administrativa DDSC UDAJ 16/2014 que resolvió el recurso de revocatoria contra la Resolución de Desalojo RES-ADM-DES TF 001/2013 de 21 de noviembre (fs. 72 a 76). Ante la solicitud de aclaración y complementación, se expidió el Auto de 11 de julio de 2014 a través del cual el Director Nacional a.i. del INRA declaró no ha lugar a considerar el memorial de referencia por haber sido presentado extemporáneamente (fs. 81).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurso no podrá ser presentado cuando el plazo de los seis meses esté superabundantemente vencido
- i)
- III.2.1.
- II. PIDE PRONUNCIAMIENTO EXPRESO…
- III.2.2.
- veinticuatro horas
- Fragmento 19
- III.3 Otras consideraciones
- CONFIRMAR