SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
en cuanto a su autoría y participación en el hecho delictivo imputado a sus personas (art. 233.1 del CPP
De lo expuesto anteriormente, este Tribunal Constitucional Plurinacional evidencia que lo denunciado por los accionantes en sentido que no existiría una correcta fundamentación, implicaría la ausencia de valoración integral de los elementos probatorios, en cuanto a su autoría y participación en el hecho delictivo imputado a sus personas (art. 233.1 del CPP), no resulta evidente; toda vez, que la Resolución de alzada cuestionada -en el acápite Considerando I. inc. a)- (Conclusión III.3.) expresa los argumentos necesarios, claros y suficientes por los cuales los Vocales demandados dan por acreditado respecto a los coimputados -hoy accionantes- la concurrencia del requisito previsto en el art. 233.1 del CPP, consecuentemente, la probabilidad de participación en el hecho investigado, realizando una adecuada fundamentación y motivación, dentro de los alcances del agravio reclamado por los apelantes, circunscribiendo su determinación a la previsión normativa del art. 398 del CPP, cumpliendo con el mandato constitucional, al sustentar razonable y legalmente su decisión dentro del plexo jurídico aplicable y aspectos fácticos del caso sub judice; y dentro del entendimiento jurisprudencial glosado en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional, por lo que, corresponde denegar la tutela solicitada en la problemática analizada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió parcialmente
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- En cuanto al Tribunal de apelación
- III.2. Análisis del caso concreto
- primer punto de agravio
- segundo motivo de agravio
- con relación al primer agravio
- segundo motivo de apelación
- i)
- en cuanto a su autoría y participación en el hecho delictivo imputado a sus personas (art. 233.1 del CPP
- en cuanto a los riesgos procesales previstos en los arts. 234.4 y 10, y 235.1 del
- REVOCAR en parte