SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

Fragmento 27

           Corresponde en consecuencia, exponer la doctrina y jurisprudencia relativas a éste, con el objeto de verificar posteriormente en el asunto de estudio, si efectivamente, el Auto de Vista impugnado, fue dictado sin la fundamentación exigible como garantía de legalidad que constriñe a toda autoridad a emitir actos motivados, citando los preceptos legales, sustantivos y adjetivos que apoyen su decisión, expresando asimismo los razonamientos lógico-jurídicos del por qué considera que el caso se ajusta a la hipótesis normativa.