SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

II.13.

II.13.  De otro lado, se advierte que dentro de la denuncia formulada por Ramiro Javier Mendoza Ordóñez, Comandante del Grupo Aéreo “83”, contra la Jueza de instrucción Mixta de Roboré del departamento de Santa Cruz, Margarita Arteaga León, quien dictó el Auto de 9 de noviembre de 2009, disponiendo la devolución de la avioneta del accionante, el Tribunal Sumariante de la instancia liquidadora de la ex Unidad de Régimen Disciplinario del Poder Judicial, hoy Órgano Judicial, declaró improbada la acusación respecto a las faltas disciplinarias graves tipificadas en el art. 40.2 y 3 de la Ley del Consejo de la Judicatura (LCJ), y probada, la relativa a la infracción de las contravenciones administrativas disciplinarias instituidas en los arts. 73 inc. a) y 76 inc. a) del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial, calificando a la misma como grave, al haber ocasionado daño a la imagen del entonces Poder Judicial con su actuación (fs. 353 a 366).