Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2015-S1
Fecha: 30-Oct-2015
II.3.
II.3. Por Sentencia de 10 de enero de 2006, en la causa 382/02, Roberto Pierini De Páulis, Juez Octavo de Partido Ordinario en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, declaro probada la demanda interpuesta por Leonidas Chirinos Torrico, en representación de Helga Bauer Gutiérrez contra Adolfo Soliz Vaca y Martha Salazar Burgos, en lo que se refiere a la “Negación de Derecho Propietario o acción negatoria” “reinvidicación, desocupación y entrega de inmueble” y retiro de mejoras no autorizadas e improbada en cuanto al pago de daños y perjuicios (fs. 346 a 349 vta.); sentencia apelada por Martha Salazar Burgos (fs. 352 a 355 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Estar concluido la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sin que ello involucre que la instancia constitucional asuma un rol casacional, impugnaticio o supletorio de la actividad de los jueces.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR