SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2015-S2
Fecha: 19-Oct-2015
“…cuenta con su Estatuto en actual vigencia, que comprende 80 artículos, otorgado por el Ministerio de Trabajo en fecha 20 de diciembre de 1995…” (sic).
En ese orden, cursa la certificación G.G. 022/15 de 4 de abril de 2015, emitida por Ángel Molina Medina, Gerente General de COOPSAR Ltda. en la que se indica la Cooperativa “…cuenta con su Estatuto en actual vigencia, que comprende 80 artículos, otorgado por el Ministerio de Trabajo en fecha 20 de diciembre de 1995…” (sic).
En tal razón, del análisis minucioso del Estatuto de la Cooperativa que se encuentra vigente, según se señaló precedentemente, dentro de las facultades del Consejo de Administración no se encuentra la de suspender a ninguno de sus miembros, al contrario, discurre del art. 62 inc. f) las atribuciones del Consejo de Vigilancia, lo siguiente: “Previo proceso, conforme a procedimiento interno proponer a la Asamblea General la separación o exclusión de un director del Consejo de Administración o de Vigilancias o socios, cuyos actos sean lesivos a los intereses morales o materiales de la Cooperativa”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Presunción de inocencia
- III.3. Derecho a la petición
- III.4. Derecho a una remuneración justa
- III.5. De la legitimación pasiva
- III.6. Análisis del caso concreto
- “…cuenta con su Estatuto en actual vigencia, que comprende 80 artículos, otorgado por el Ministerio de Trabajo en fecha 20 de diciembre de 1995…” (sic).
- previo proceso interno
- no se encuentra contemplado en el Estatuto
- Fragmento 23
- CONFIRMAR en parte