SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2015-S2
Fecha: 19-Oct-2015
II.2.
II.2. Cursa nota ASFI/DSR IV/R-125293/2014 de 15 de agosto, que lleva como referencia trámite T- 462366 “inspección especial con corte al 31 de mayo de 2013” enviada por Javier Céspedes Saavedra, Director de Supervisión de Riesgos IV de la ASFI y Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Directora Ejecutiva a.i. de la misa institución a Salustiano Rojas Huanaco, Presidente del Consejo de Administración de COOPSAR Ltda. “Etapa 2”, remitiendo el informe de inspección especial ASFI/DSR/ IV/R- 107857/2014 de 11 de julio, que incluyen los resultados de la vista de inspección efectuada a la Cooperativa (fs. 115 a 116), en aquel Informe el punto A. Análisis de Riesgos, 1.- Riesgo Crediticio, indica que se verificaron préstamos a miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia efectuados en inobservancia al art. 464 de la LSF, entre ellas Luz Carminia Real Espejo, con un crédito de Bs82 320.- (ochenta y dos mil trescientos veinte bolivianos) teniendo un saldo por pagar de Bs27 439.- (veintisiete mil cuatrocientos treinta y nueve bolivianos) entre otras irregularidades (fs. 117 a 126).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Presunción de inocencia
- III.3. Derecho a la petición
- III.4. Derecho a una remuneración justa
- III.5. De la legitimación pasiva
- III.6. Análisis del caso concreto
- “…cuenta con su Estatuto en actual vigencia, que comprende 80 artículos, otorgado por el Ministerio de Trabajo en fecha 20 de diciembre de 1995…” (sic).
- previo proceso interno
- no se encuentra contemplado en el Estatuto
- Fragmento 23
- CONFIRMAR en parte