Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1040/2015-S2
Fecha: 19-Oct-2015
II.3.
II.3. Del Certificado de la oficina de DD.RR., se tiene que el predio rústico denominado “Guanacaste”, ubicado en el “cantón” Santa Rosa, provincia Ballivian del departamento de Beni, con una superficie de 2,749 has, se encuentra registrado con matricula 8.01.1.01.0000089, a nombre de Teresa Tarcila Flores Moisés de Ruiz (fs. 48).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en todo